Multas y licencia de conducir: un fallo judicial reabre el debate y en Provincia ya hay proyectos para cambiar el sistema
Por Agustin Arechavala.
La discusión sobre las multas de tránsito y la renovación de la licencia de conducir volvió a instalarse con fuerza después de un reciente fallo de la Justicia Federal de Paraná.
El juez Daniel Edgardo Alonso, a cargo del Juzgado Federal de Paraná, hizo lugar a un amparo presentado por un vecino de San Benito, Entre Ríos, y ordenó a la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y a la Municipalidad de esa localidad avanzar con la renovación de su licencia sin exigir previamente el pago de determinadas multas registradas en el Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito (CENAT).
El punto central del fallo es que una deuda por multas no debería confundirse con la aptitud de una persona para conducir y que el Estado cuenta con otras vías para perseguir el cobro de las sanciones.
El fallo no elimina las multas
Hay una precisión importante: la resolución no significa que las multas hayan sido anuladas ni que, desde ahora, nadie en el país tenga que pagarlas para renovar el registro.
Se trata de una decisión judicial dictada en el marco de un amparo concreto, respecto de un conductor y de las autoridades involucradas en ese caso.
El juez retomó además antecedentes de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná y del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, que habían cuestionado la utilización de la licencia como mecanismo de presión para cobrar deudas.
La lógica planteada es sencilla: si una multa debe cobrarse, el Estado dispone de mecanismos administrativos y judiciales para hacerlo; bloquear la licencia sería utilizar un trámite destinado a acreditar la capacidad para conducir como herramienta de cobro.
¿Qué pasa actualmente en Provincia de Buenos Aires?
En territorio bonaerense, el sistema todavía no cambió.
La información oficial de la Provincia establece actualmente que, para tramitar la licencia, deben estar regularizadas las infracciones municipales de tránsito que tengan sentencia firme, además de cumplirse los demás requisitos correspondientes.
La propia Agencia Nacional de Seguridad Vial también informa que, dentro del sistema de cobro interjurisdiccional, quienes realizan trámites relacionados con la licencia deben abonar las infracciones con sentencia firme pendientes de pago de las jurisdicciones adheridas.
Por eso, hoy una persona con una multa firme puede encontrarse con la obligación de regularizarla antes de completar el trámite de su licencia en la Provincia.
Dos proyectos bonaerenses plantean terminar con el libre deuda
La discusión ya llegó a la Legislatura bonaerense.
Uno de los proyectos fue presentado por el diputado Valentín Miranda, de la UCR, bajo el expediente D-1916/26-27. La iniciativa propone modificar el artículo 8 de la Ley Provincial de Tránsito 13.927 para establecer que no pueda exigirse la cancelación previa de multas para obtener o renovar una licencia cuando las infracciones no tengan sentencia firme de un juez competente o no hayan sido consentidas.
El expediente ingresó el 28 de mayo de 2026, tomó estado parlamentario el 11 de junio y fue girado a las comisiones de Transporte, Legislación General y Asuntos Constitucionales y Justicia.
A esa iniciativa se suma otra impulsada por el diputado bonaerense Juan Esteban Osaba, de La Libertad Avanza, que plantea una modificación más amplia para que ninguna autoridad provincial o municipal pueda exigir un certificado de libre deuda como condición para obtener, renovar, ampliar o duplicar una licencia.
El proyecto contempla que las multas continúen vigentes y puedan ser cobradas por las vías legales correspondientes, pero que no funcionen como una barrera administrativa para acceder al registro.
El argumento: conducir y pagar son dos cuestiones diferentes
El debate tiene dos posiciones claramente marcadas.
Quienes impulsan los cambios sostienen que la licencia debe acreditar que una persona está habilitada para conducir y no convertirse en un mecanismo de cobro compulsivo.
Del otro lado, el sistema actual permite que el Estado vincule determinadas infracciones firmes con el trámite de la licencia, buscando garantizar el cumplimiento de las sanciones.
El problema jurídico que ahora vuelve a aparecer es si esa vinculación resulta proporcional y constitucionalmente válida, especialmente cuando existen otros mecanismos para ejecutar una deuda.
Por ahora, el fallo de Paraná no modifica automáticamente el régimen bonaerense. Pero sí vuelve a poner sobre la mesa una discusión que podría afectar a miles de conductores: ¿puede el Estado impedir que una persona renueve su licencia porque tiene una deuda por una multa?
La respuesta definitiva, en la Provincia de Buenos Aires, dependerá de lo que ocurra con los proyectos que ya fueron presentados en la Legislatura.